Ya en la vida republicana, luego de que el país pasara por muchas dificultades que se produjeron en los gobiernos que se sucedieron
a partir de Juan José Flores, cerca de la mitad del siglo XX, se aprueba la ordenanza municipal el 2 de febrero de 1943, siendo Presidente del Concejo Municipal de Eloy Alfaro, limones, el Sr. Víctor A. Mora, mediante la cual se erige a la categoría de parroquia al recinto Carondelet, en consideración “que los caseríos Carondelet, Santa Rita, San Francisco, Chillabí, Ricaurte, Guayabal, Vigia, Calderón y la Quinta, pertenecientes a la parroquia Concepción de esta jurisdicción cantonal equidistan a muchos kilómetros de la cabecera parroquial dificultándose por esta causa una inmediata atención para su desarrollo; y, que en realidad dichos recintos por su situación geográfica, la riqueza de sus ríos y montañas y el crecido número de sus habitantes que los pueblan, según el censo levantado, merecen una eficaz atención de los poderes públicos”.
Por las consideraciones precedentes el Concejo Municipal de Eloy Alfaro “erige en parroquia al recinto Carondelet” determinando que “la cabecera parroquial será Carondelet” y que “pertenecen a dicha parroquia los mencionados recintos”, señalándose también que “la
linderación de la referida parroquia Carondelet es la siguiente: por el Norte, el río Mataje, por el Sur, el río Chillabí, por el Este Alto Tambo y, por el Oeste, el río Najurungo” y además “la línea divisoria de esta parroquia con la de Concepción es la quebrada de Sarria. Esta ordenanza fue aprobada en Quito por el Ministro de Gobierno y Municipalidades mediante Acuerdo Ministerial 1693, publicada
en el Registro Oficial 761 de 10 de marzo de1943; y firmada el 10 de marzo de 1943.
Siendo Presidente de la República el Dr. Carlos Alberto Arroyo del Río. De esta forma queda claro que cuando este territorio fue elevado a parroquia pertenecía al cantón Eloy Alfaro.